Hace tres años salió finalmente a la luz la esperada Ley Marco de Cambio Climático con la promesa de que a junio de 2025, todas las comunas del país contarían con su Plan de Acción Comunal de Cambio Climático (PACCC). Una promesa que hoy está lejos de cumplirse.
Este instrumento aspiraba a revolucionar la acción climática local, incorporando la participación ciudadana y estableciendo una visión climática compartida, junto a medidas e indicadores para verificar la adaptación y mitigación de cada territorio del país. Sin embargo, la realidad está muy lejos de esas expectativas. Apenas el 6% de los municipios ha publicado su plan. Dicho de otro modo, son 323 los municipios (94%) que aún no cumplen con su compromiso de planificación.
Las causas de este retraso son múltiples y aún sujeto de análisis, pero a grandes rasgos podemos identificar tres: En primer lugar, las capacidades técnicas municipales aún deben reforzarse, la ley no entrega recursos económicos para la generación y/o implementación de estos instrumentos de gestión. Aquí hay una responsabilidad del Estado, quien debe dotar de las herramientas necesarias a las Municipalidades para generar sus planes.
En segundo lugar, existe una falta de voluntad política. No se ha priorizado con urgencia la planificación climática a pesar de que Chile sea uno de los países más vulnerables al cambio climático, y por ende, sea de los que más requieren de una planificación eficiente y coordinada.
Y por último, pero sumamente importante persiste una desconexión entre gobiernos a nivel central, regional y comunal, lo que genera descoordinaciones e ineficiencias en la institucionalidad A la fecha, solo 6 (37,5%) regiones cuentan con su Plan de Acción Regional de Cambio Climático. El retraso regional impacta directamente en el comunal, ya que los planes comunales deben alinearse y nutrirse de lineamientos de mitigación y adaptación definidos a esa escala.
¿Qué implica el elevado incumplimiento?
Según la ley, ante el caso de que un municipio no haya elaborado el PACCC debería sancionarse con una multa correspondiente a una remuneración mensual del respectivo alcalde/sa. En teoría, más de 300 autoridades comunales estarían sujetos/as a esa medida. Y, por si fuera poco, Contraloría en el dictamen del 06 de mayo de 2025 ha indicado que existe un vacío legal respecto a qué institución debe aplicar esta sanción. Si ya de por sí, una multa de un mes de sueldo es un incentivo insuficiente, sin una autoridad definida que imponga esta sanción, la LMCC se convierte en un león sin dientes.
Frente a esta situación, no queda más que impulsar un llamado transversal para acelerar la acción climática comunal. El Estado y los gobiernos regionales deben entregar aún más apoyo técnico y financiamiento, a través de fondos concursables, cooperación y alianzas público-privadas; y el poder legislativo debe corregir de inmediato el vacío legal para que exista una institución responsable de sancionar el incumplimiento. Esto permitiría a los municipios, sobre todo aquellos más vulnerables, acelerar la elaboración de sus planes, involucrando a equipos técnicos y recurriendo a asesorías especializadas. En esto la ciudadanía tiene un rol activo al aportar en la formulación, vigilar avances y generar presión constructiva.
Solo si estas líneas de acción avanzan de forma coordinada podremos evitar que las comunas sufran los impactos de una planificación climática atrasada. No esperemos que el reloj climático llegue a la medianoche.
La LMCC nos deja un gran aprendizaje: una ley sin la entrega de recursos para su implementación, se convierte en tan solo promesas difíciles de cumplir, aún más para aquellas comunas más vulnerables y con escasos recursos.